8/11/17

El Agua también tiembla - Matías Barutta

La Auténtica Defensa. Edición del domingo, 05/nov/2017.


El agua también tiembla
Por Matías Barutta


Salvaje especulación inmobiliaria en el Delta de Campana. Empresarios buscan desalojar familias isleñas para lotear sus tierras en el marco de dos megaproyectos inmobiliarios.

El Tigre y la cuenca del Lujan ya están saturados. La empresa desarrollista Brenna lo supo ver y buscó explotar sus ganancias río arriba, a costa de nuestra población isleña y del medio ambiente que los ampara frente al indómito avance del capital privado.
Se trata de dos ambiciosos proyectos inmobiliarios que se pueden chequear en su página web con todo detalle (www.brenna. com.ar): "Bahías del Paraná" e "Islas de las Palmas". Ambos proyectos, según explican en la web empresarial, cuentan con el apoyo del Municipio de Campana.
"Bahías del Paraná", está planteado del lado continental, en la Reserva Natural de Otamendi, a la vera del Canal Santa María y del río Paraná de las Palmas. Este proyecto utilizaría fondos públicos para el dragado de dicho canal y el posterior relleno de un controvertido camino a través de la reserva para generar un acceso terrestre al futuro barrio desde la RN 9, generando un impacto ecosistémico insondable.
"Islas de las Palmas", ubicado a la misma altura, del lado insular, ya comenzó su loteo. Proseguir tal cual el diagrama planteado implica el desalojo de varias familias isleñas, que a la fecha padecen de una persecución y un hostigamiento permanente por parte de los representantes y emisarios del grupo desarrollista, que incluso les han valido denuncias penales frente a las amenazas y maltratos vertidos en su afán de amedrentar a nuestros vecinos y vecinas isleñas.
La familia Cenizo -isleños de quinta generación y con más de quince años de posesión en las tierras que hoy les reclaman- es emblema de esta lucha desigual por mantener su tierra productiva y su hogar, frente a la avanzada especulativa que busca instaurar viviendas de ocio y fin de semana. Rubén y Lidia, con dos menores a su cargo y en el trajín cotidiano de ganarle el pan al río Paraná, sostienen una estoica batalla judicial contra el grupo desarrollista Brenna, que el pasado jueves dio un paso adelante con el juicio de desalojo hacia ellos. "Vinieron con un oficial de justicia engañado" comenta Rubén, "quisieron engañarnos presentando títulos de otro campo para sacarnos del nuestro", concluye. Si hasta la casa que Rubén y Lidia construyeron con sus propias manos le reclaman.Vale destacar que la primer instancia judicial por usurpación que movilizó el grupo desarrollista, fue resuelta no ha lugar por falta de fundamentos.
Frente al generalizado desorden legal de las tierras en isla, cabe primero preguntarse cómo estos grupos empresarios adquieren una cantidad descomunal de tierras a precios irrisorios, muchas veces exponiendo papeles de dudosa procedencia. También, reflexionar sobre la legitimidad en el buen uso de la tierra que realiza una gran parte de nuestra población isleña, que carece de los canales formales de la propiedad privada pero que su posesión queda legitimada por el tiempo y la productividad delas tierras que habitan, logrando su función social y cuidando del medioambiente que los contiene. Los y las isleñas son nuestros pueblos originarios, quienes han crecido en el barro y quienes defienden el monte, y su cultura y nuestros bienes comunes son lo que peligran cuando se producen estas avanzadas del capital. Peligra el acceso público a nuestro río y nuestras islas. Peligra un modo de vida centenario que tiene todo lo que perdimos en las ciudades y que es necesario proteger, para evitar su paulatina expulsión y el futuro engrosamiento de los márgenes de nuestras ciudades.
En este tiempo salvaje e incomprensible que nos toca vivir, si la tierra tiembla, el agua también, pero no nos iremos de aquí.


Lidia y Rubén Cenizo en la puerta de su hogar, hoy amenazado por la avanzada especulativa sobre sus tierras.





1/11/17

SABADO 4 DE NOVIEMBRE HAY FIESTA EN EL RÍO


¡Vení a festejar el Día del Río Luján!

El próximo sábado 4 de noviembre Hay fiesta en el río!
¡Sí, podés disfrutarlo a lo largo de toda su cuenca desde Suipacha hasta San Fernando!
La Asociación Patrimonio Natural te invita a las actividades que se harán en la Reserva Natural de Pilar a orillas del río:

9:00 hs: El Club de Observadores de Aves del Pilar, realizará una salida de observación abierta a toda la comunidad.
14:00 hs: La Asociación Patrimonio Natural pone a disposición sus canoas y voluntarios para que conozcas el río desde el río.
Durante toda la jornada podrás, además, recorrer los diversos senderos de la Reserva Natural y disfrutar de la naturaleza a pleno.
19:30 hs: Se iniciará una breve actividad previa a la caminata nocturna para vivir y apreciar los aromas y sonidos de la noche.
21:00 hs: Reunidos alrededor de un fogón, compartiremos música, cantos, charlas y la comida.


Para cualquiera de las actividades se recomienda llevar:

ü  Ropa cómoda
ü  Calzado cerrado
ü  Gorra o sombrero
ü  Repelente
ü  Protector solar
ü  Agua
ü  Algo para compartir en el fogón 



Patrimonio Natural
(0230) 466-7065
(011) 15-5730-2504
patrimonionatural@gmail.com

Pedido de audiencia Sra. Gobernadora Vidal

Campana, 19 de Octubre  de 2017

Gobernación de la Prov. de Buenos Aires
Sra. Gobernadora María Eugenia Vidal
De mi consideración:
                    En dos oportunidades previas le he solicitado una entrevista (ver mails  de solicitud anteriores más abajo) como representante de la Comisión Asesora del Comité de Cuenca del río Luján. La misma agrupaba ONG´s, vecinos, instituciones académicas y empresariales, etc. y tenía como función asesorar a dicho Comité en diferentes aspectos técnicos. En ambas casos fui derivada al Ministerio de Infraestructura (MINFRA). En esta oportunidad, reitero el pedido de audiencia pero como representante de la Red del río Luján. Ésta está integrada por muchos de los que formaron parte de la Comisión Asesora que ya no existe pues, al igual que el Comité, fueron anulados  en el año 2015 por la Ley N° 14710 que creó un nuevo comité, el COMILU. Al igual que en las solicitudes anteriores, pido encarecidamente que no seamos derivados al MINFRA, que consideramos el núcleo del problema y que no nos ha aportado ninguna respuesta a nuestros reclamos.
           Las razones por las que solicito esta audiencia repiten algunas de las manifestadas en mis anteriores pedidos, pero suman otras, pues la situación institucional  y de gestión de las obras hidráulicas (para mitigar las inundaciones) presentan serias anormalidades e incluso se han agravado.
El COMILU es el ente que, entre otros aspectos, tiene a cargo la gestión de las obras propuestas por el “Plan Integral y Proyecto de Obras de Regulación y Saneamiento del río Luján” (elaborado por la Consultora Serman & Asociados S.A. a solicitud de la Dirección Provincial de Obras Hidráulicas (DIPSOH) de la provincia de Buenos Aires). Sin embargo, el COMILU aún no se ha terminado de constituir pues no existe, por ejemplo,  un reglamento de participación de los municipios ni un Consejo Consultivo que es el espacio de participación ciudadana. De manera que, en los hechos, es el Ministerio de Infraestructura (MINFRA) quien está gestionando las obras hidraúlicas y lo está haciendo con un alto nivel de discrecionalidad. Esto lo demuestra la primer obra que será llevada a cabo en el partido de Campana,  la ampliación de Canal Santa María. El MINFRA modificó la obra original propuesta en el Plan Integral sin ningún tipo de justificación monetaria (la obra es más costosa que la original) ni ambiental (producirá serios impactos en el ambiente). Tenemos el aval de expertos en la materia para sostener esto, entre ellos algunos contratados por la Administración de Parques Nacionales, que vería dañada una de sus reservas por esta obra (Reserva Natural de Otamendi). El único beneficiario de estas modificaciones tan dañosas sería un desarrollador inmobiliario con tierras en las adyacencias de la obra.
                     Tememos que esta situación se repita con otras obras millonarias proyectadas para la cuenca por el Plan Integral, algunas de las cuales no cuentan con licencia social y deberían ser revisadas.
                   Ante tan dolorosa realidad y la posibilidad de que aún pueda ser modificada,  evitando el gasto de ingentes cantidades de dinero y un daño irreversible al ambiente, es que le pido que nos permita explicarle a Ud. personalmente con más detalle la gravedad de la situación

Agradecería profundamente que nos dé esa posibilidad

Saluda a Ud. atentamente

Lic. Adriana Anzolín
Representante de la Red del río Luján


Los dos pedidos de audiencia anteriores:


Campana, 22 de Agosto de 2016
Gobernación de la Prov. De Buenos Aires
Sra. Gobernadora María Eugenia Vidal
De mi consideración:
                                            Hace unos cuatro meses solicité, vía mail, tener una entrevista  con ud. y les explicaba los motivos de la misma. (ver mail más abajo) relacionados con la problemática de las inundaciones del  Luján. Lamentablemente en esa oportunidad nos derivaron con funcionarios del Ministerio de Infraestructura, a quienes consideramos parte del problema que tanto nos preocupa.
La semana pasada con varios compañeros asistimos a una reunión con el Director Ejecutivo del COMILU, el arquitecto Tomás Vanrrell, quien estará a cargo de la ejecución de las obras hidráulicas que se harán en el río Luján. Lamentablemente, luego de la misma, nuestra preocupación se ha acrecentado y quisieramos conversar con uds. acerca de la necesidad de:  
-Revisar la Ley de creación del COMILU,  su operatividad y la falta de una adecuada representatitividad de los municipios y la ciudadanía de la cuenca
- Que, previo a realizarse, todas las  obras a ejecutar  cuenten con una Evaluación Ambiental Estratégica (que incluye la Evaluación de Impacto Ambiental de cada obra y una evaluación del conjunto de ellas ) y con sus correspondientes  Audiencias públicas.Esto es imprescindible  porque están basadas en un estudio de la Consultora Serman que es de prefactibilidad y,  por lo tanto, no incluyen dichos estudios. Creemos que los plazos de ejecución de los que nos habló  el Sr. Vanrell son demasiado exiguos como para realizar seriamente estas evaluaciones técnicas. El acuciante problema de las inundaciones debe resolverse cuanto antes, pero eso no significa que el apuro relaje los controles técnicos y la participación pública necesaria. Consideramos que algunas obras deben ser evitadas, pues sus consecuencias podrían ser nefastas en términos socioambientales y económicos. Por otra parte, la recomposición del daño originado en los humedales por algunos barrios cerrados y otras obras debe ser considerada.
-Que sea asegurada la transparencia con la que se ejecutarán obras hidráulicas varias veces millonarias. Solicitamos una investigación sobre los antecedentes académicos y laborales de Tomás Vanrrell
-Que la población tenga participación en los sistemas de alerta temprana y evacuación que en estos momentos se están desarrollando en la cuenca.
Consideramos que sería oportuno tratar en la misma reunión algunos problemas que sistémicamente se repiten en otras cuencas de la provincia de Buenos Aires, por lo que nos acompañarían integrantes del Espacio Intercuencas.
No dudamos de sus buenas intenciones en la solución de este grave problema que aqueja a   muchas personas,  por eso le solicitamos que escuche nuestra humilde opinión fundamentada en información técnica y del ciudadano común.
Saluda a ud. atentamente

Lic. Adriana Anzolín
Red de organizaciones y vecinos de la cuenca del río Luján
Mail anterior:
                                            Campana, 22 de marzo de 2016
Gobernación de la Prov. De Buenos Aires
Sra. Gobernadora María Eugenia Vidal
De mi consideración:
                              Represento a un grupo de organizaciones e instituciones que conforman la Comisión Asesora (CA) del Comité de Cuenca del río Luján. Ésta hace más de cuatro años que se creó y, desde entonces, sus miembros hemos trabajado intensamente ad honorem y sin ningún tipo de recursos materiales,  para que nuestro querido río no reciba  tantos impactos negativos y termine irreversiblemente degradado. Reiteradas veces alertamos al Comité de Cuenca A sobre estos impactos y la posibilidad de inundaciones cada vez más recurrentes, sin ser escuchados. Luego de que éstas se hicieran realidad,  comenzó a tomarse verdadera dimensión del problema.
Hoy, nadie duda que es necesario  emprender acciones para mitigarlas. Sin embargo, en estos días , hemos escuchado declaraciones de  funcionarios provinciales y municipales  que hablan de la urgencia de emprender tareas de “saneamiento”. Ante esta situación, hemos solicitado tener una audiencia con ud. para poder exponer nuestra postura frente a estas obras. Es esencial que se comprenda que el problema es muy complejo y requiere de una mirada más amplia que vaya más allá de las obras hidráulicas y contemple cuestiones insoslayables, como es la delimitación de la línea de ribera en forma urgente. Es por eso que consideramos prioritaria que la audiencia que se nos concedió (N° 598) sea con ud. personalmente, y no con  funcionarios del MINFRA,  para evitar la mirada sesgada que se suele tener desde ese ministerio.
Las dos cuencas más importantes de la provincia de Buenos Ares, Matanza-Riachuelo y Reconquista, han sido dañadas profundamente. La tercera en importancia es la nuestra y,  de no tomarse las medidas adecuadas, terminará en idéntica situación. Sería un verdadero crimen, considerando que el río Luján en varios tramos no sólo muestra capacidad de recuperación y una vida natural intacta (desde tortugas hasta lobitos de río), sino también todavía ofrece servicios ecosistémicos  de inestimable valor
Esperamos con esperanza su respuesta
Atentamente

Lic. Adriana Anzolín
Representante de la Comisión Asesora frente al Comité de Cuenca A del río Luján


Resolución 355/17 Ampliación Canal Sta. María

Resolución 355/17 – Ampliación de la Capacidad del Canal Santa María (Río Luján)

Ampliación de la Capacidad del Canal Santa María (Río Luján)
Resolución 355/17
Administración de Parques Nacionales

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2017
Publicada en el Boletín Oficial: 19 de septiembre de 2017

VISTO el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) correspondiente al Proyecto “AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DEL CANAL SANTA MARÍA (RÍO LUJÁN)”, a desarrollarse en un sector de la Reserva Natural Otamendi y la Resolución H.D. Nº RESFC-2017-297-APN-D#APNAC, cuyas actuaciones han recaído en el Expediente Nº 6623/2016, en TRES (3) cuerpos, y su correspondiente Anexo Nº 28/2017, y
CONSIDERANDO:
Que el proyecto citado en el Visto ha sido diseñado, elaborado, e impulsado por el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES con el objetivo de disminuir las inundaciones que sufre la cuenca del Río Luján y sus riesgos sanitarios.
Que el proyecto se realizará en un tramo de aproximadamente 1,7 km del Canal Santa María ubicado en la Reserva Natural Otamendi y sus inmediaciones.
Que la Resolución HD Nº RESFC-2017-297-APN-D#APNAC dispuso la constitución de la Comisión Evaluadora Interdisciplinaria ad hoc para analizar el ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL, correspondiente al PROYECTO “AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DEL CANAL SANTA MARÍA (RÍO LUJÁN)” a desarrollarse en jurisdicción de la RESERVA NATURAL.
Que en atención a las prescripciones del Artículo 34 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Resolución H.D. Nº 203/2016, se conformó una Comisión Evaluadora Interdisciplinaria ad hoc, a los efectos de que analice el EsIA realizado para el proyecto referido.
Que el mencionado EsIA se corresponde formalmente con las exigencias establecidas en el Reglamento para la Evaluación de Impacto Ambiental en la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, aprobado por la Resolución H.D. Nº 203/2016.
Que por otra parte, y según las previsiones de los Artículos 33 y 36 del citado Reglamento, el EsIA fue sometido a consulta pública resultando de la misma una única presentación de una entidad de la Red de ONG’s y vecinos en Defensa de la Cuenca del Río Luján, la cual fue analizada por la Comisión Evaluadora Interdisciplinaria ad hoc al momento de elaborarse el documento técnico correspondiente.
Que en atención a lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento para la Evaluación de Impacto Ambiental de la APN, la Comisión Evaluadora emitió su dictamen sobre el estudio ambiental referido, el cual fue elevado a la Dirección Nacional de Conservación.
Que la Dirección Nacional de Conservación ha efectuado un análisis pormenorizado de dicho informe, recomendando -de acuerdo a las competencias y al alcance territorial pertinente y a las observaciones emitidas por la Comisión Evaluadora- adoptar una serie de medidas de mitigación y compensación de los impactos del proyecto dentro de la Reserva Natural Otamendi, territorio bajo jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, por conducto de las autoridades de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que entre las principales recomendaciones efectuadas y, en primer lugar, en relación a la construcción de un camino que atraviese la Reserva Natural Otamendi hasta el predio privado lindero, la Dirección Nacional propone establecer como condición sine qua non no permitir la instalación de un camino permanente sino solamente una huella de servicio apta para la circulación de maquinarias necesarias para la obra determinando que a la finalización de la misma la PROVINCIA DE BUENOS AIRES deberá dejar el sector en el mismo estado en que se encontraba previo a la obra sin acceso alguno. Ello a los fines de evitar un conjunto de impactos negativos sobre el humedal de la Reserva Natural Otamendi y sobre el sitio RAMSAR.
Que con relación a las condiciones de realización de la obra prevista, en segundo lugar, se deberán relocalizar los materiales extraídos del canal fuera de la Reserva Natural Otamendi.
Que en, tercer lugar deberá reconvertirse la propuesta recibida para la compensación de aquellos impactos no mitigables siendo la ampliación del área protegida la medida más pertinente.
Que a tal efecto corresponde considerar la carta intención suscripta el 2 de febrero de 2017 entre el Coordinador Ejecutivo del ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE y el Vice-presidente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES con el objeto de conformar una única unidad de conservación entre la Reserva Natural Otamendi, creada en 1990 mediante el Decreto Nº2149/1990, modificado por su similar Nº 453/1994 y que posee una superficie de 4.080 has y la Reserva Provincial Natural Río Luján, creada por Ley Provincial Nº 11.811 en el año 1996, con una superficie de 1.257 has.
Que la Coordinación Regional Centro, la Dirección Nacional de Conservación y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos a) y f), de la Ley N° 22.351 y la Resolución H.D. N° 203/2016.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), correspondiente al proyecto de “AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DEL CANAL SANTA MARÍA (RÍO LUJÁN)” del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en lo que respecta a la fracción correspondiente a la Reserva Natural Otamendi, con sujeción a las medidas de mitigación y recomendaciones adicionales que figuran en el Informe de la Dirección Nacional de Conservación del Organismo, que como IF-2017-20029745-APN-DNC#APNAC forma parte de la presente. Instrúyese a la Dirección Nacional de Conservación a supervisar el cumplimiento de las medidas de mitigación a cargo y costo de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Art. 2°.- Autorízase el acceso a la Reserva Natural Otamendi, a efectos de que por conducto del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, se desarrolle la obra “AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DEL CANAL SANTA MARÍA (RÍO LUJAN)” en el tramo de aproximadamente 1,7 km del Canal Santa María sito en jurisdicción de la Reserva Natural Otamendi.
Art. 3°.- Dispónese la prohibición de depositar los materiales obtenidos por medio del refulado o cualquier otra técnica de extracción que se implemente para el ensanche del Canal Santa María, dentro de la Reserva Natural Otamendi, debiendo ser retirado en su totalidad por fuera de la jurisdicción del área natural protegida mencionada.
Art. 4º.- Determínase que la PROVINCIA DE BUENOS AIRES deberá restablecer el estado en que se encontraba la Reserva Natural Otamendi previo al desarrollo de la obra, sin acceso ni camino alguno.
Art. 5º.- Disponése que la PROVINCIA DE BUENOS AIRES deberá colocar todo el material extraído durante la ejecución del proyecto en montículos discontinuos efectuando numerosos cortes que permitan el drenaje del agua y eviten su estancamiento, y mitigar todos los impactos que pudieran generarse sobre la estructura y funcionamiento del humedal.
Art. 6°.- Establécese que como medida de compensación de los impactos no mitigables deberá conformarse una única unidad de conservación entre la Reserva Natural Otamendi y la Reserva Provincial Natural Rio Luján solicitándose a la PROVINCIA DE BUENOS AIRES a arbitrar los medios necesarios a los efectos de proceder al envío a la Legislatura de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES un proyecto de ley de cesión de jurisdicción y dominio de la fracción de isla ubicada en el Delta del Río Paraná, con una superficie aproximada de 1.000 hectáreas, que conforma la denominada “Reserva Natural Río Luján”, en favor de la Administración de Parques Nacionales, en el plazo de 180 días hábiles del dictado de la presente.
Art. 7°.- Comuníquese al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (MISP) y del ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES el Informe elaborado por la Comisión Evaluadora Interdisciplinaria ad hoc del Estudio de Impacto Ambiental obrante a fs. 664/731 respecto del proyecto y del EsIA para su evaluación, análisis y adopción de las medidas pertinentes, de corresponder.
Art. 8º.- Instruyese a la Dirección General de Administración a dar cumplimiento al artículo 5° de la Resolución H.D. Nº RESFC-2017-297-APN-D#APNAC.
Art. 9º.- Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, la Dirección Nacional de Conservación, la Coordinación Regional Centro Este y la Reserva Natural Otamendi. Comuníquese al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS y al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Cumplido, gírense las presentes actuaciones a la Coordinación Regional Centro Este para la prosecución del trámite.
Art. 10º.- Comuníquese, publíquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. — Emiliano Ezcurra Estrada, Vicepresidente. — Roberto María Brea, Vocal. — Pablo Federico Galli Villafañe, Vocal. — Gerardo Sergio Bianchi, Vocal.

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